SE TERMINÓ LA ESPERA DE LA LEY “BORRÓN Y CUENTA NUEVA” ¡TOMA ATENTA NOTA!

ESTAMOS LISTOS PARA EXPLICARTE 

La Cooperativa de Ahorro y Crédito Prosperando se encuentra a la vanguardia con toda la información financiera y cambios  que sea de gran interés e importancia para nuestros asociados  y de esta manera seguir aportando una calidad de vida y educación financiera adecuada.

Sabías qué la Ley “ Borrón y cuenta Nueva”

Es la ley que modifica el régimen de Habeas Data y trae beneficios para los deudores morosos que se pongan al día con sus obligaciones reportadas en centrales de riesgo.

 Te lo resumimos en 7 pasos 

1. Unica oportunidad para que en aplicación de la Ley 2157, pagues tus deudas vencidas durante los primeros 12 meses de vigencia  y en un plazo máximo de seis  meses  salgas de las Centrales de Riesgo 

2. Si perteneces a algunos de estos grupos especiales, tu reporte negativo será eliminado de manera inmediata una vez realices el pago total de tu obligación:

  • Mipyme
  • Sector Turismo
  • Pequeños productores del sector agropecuario
  • Personas naturales que ejerzan actividades comerciales o independientes.

3. Los titulares de los créditos con saldos totales inferiores al 15% del S.M.M.L.V. , recibirán de la Cooperativa dos comunicaciones antes de ser reportados, con un mínimo de 20 días calendario entre la última notificación y el reporte negativo.

4. Las centrales de riesgo mejoraran la calificación crediticia de los deudores una vez se cumpla el plazo máximo de seis meses, a partir de la cancelación total de la obligación.

5. La consulta en las centrales de riesgo será gratuita.

Ingresa Aquí historial de Crédito Persona Natural 

https://www.midatacredito.com/?utm_source=referral&utm_medium=landing_page&utm_campaign=borron_cuenta_nueva

Ingresa Aquí historial de Crédito Persona Jurídica

https://www.datacreditoempresas.com.co/historia-de-credito/?utm_source=referral&utm_medium=landing_page&utm_campaign=borron_cuenta_nueva

6. Las víctimas de suplantación de identidad podrán  enviar comunicación  con la copia de la denuncia penal del fraude,  una vez confirmada la veracidad de la información, se eliminará el reporte negativo.

7. Los deudores podrán conocer su calificación y clasificación de riesgo asignada, junto con los fundamentos que la justifican según la evaluación correspondiente realizada por la organización vigilada;  en un plazo máximo de 10 días posteriores a la solicitud.

Tips importantes para recordar

Tip 1: De acuerdo con la ley 1266 de 2008 y la Ley Borrón y Cuenta Nueva, las Fuentes deben reportar las novedades mínimo una vez al mes, para que DataCrédito las actualice en la historia de crédito de los titulares de la información.

Tip 2: Reporte de obligaciones no pagadas.

Si estás en mora y no has pagado durante 8 años consecutivos, el dato negativo dejará de reflejarse en tu historia de crédito.

PARA TENER EN CUENTA...

La amnistía es una oportunidad para que los titulares que se encuentren en mora se pongan al día y accedan al beneficio que permite la disminución del tiempo en que la información negativa permanece en su historia de crédito. 

Conoce más Aquí

Hay un plazo máximo en que opera esta amnistía y es de 12 meses contados a partir de la entrada en vigor de la ley.

Es una medida única y excepcional, por lo que si se reincide en mora, la misma permanecerá el doble del tiempo y máximo 4 años, como aplica la regla general.

Existen 3 amnistías:

Amnistía general

Son para aquellos deudores que paguen o extingan sus obligaciones en mora antes o durante la entrada en vigor de la Ley Borrón y Cuenta Nueva.

Amnistía por sectores especiales

Aplican 6 sectores específicos que son:

*MiPyme 

*Sector Turístico 

*Pequeños productores del sector agropecuario 

*Personas Naturales que sean comerciantes o independientes.

*Víctimas del conflicto armado, jóvenes y mujeres rurales que tengan cualquier tipo de crédito agropecuario con Finagro.

* Deudores o codeudores que tengan obligaciones crediticias con el Icetex

Amnistía por emergencia sanitaria

Todas aquellas obligaciones que fueron objeto de reporte negativo durante la emergencia sanitaria del 12 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre del 2020, no serán reportadas en las centrales de riesgo en ese mismo periodo, siempre y cuando ocurra lo siguiente: los Titulares de la obligación hayan reestructurado su obligación.

 

Para más información comunícate a nuestra línea LAURA 018000975801 Ext. 174 o visítanos en www.prosperando.co

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